Vista la manifestación expresa del abogado José Félix Zambrano, de cuyo contenido se desprende la voluntad de desistir del procedimiento interpuesta por la parte actora en la presente causa, una vez constatada la existencia en autos del respectivo poder notariado, el cual corre inserto al folio 13 y 14 del presente expediente, otorgado por la ciudadana Fátima del Valle Di Pietro Moreno, al abogado José Félix Zambrano y por cuanto al mencionado abogado le fueron conferidas facultades expresas para transigir, desistir, comprometer en árbitros o arbitradores de derecho, intentar nulidades, solicitar medidas preventivas, presentar escritos de toda índole tales como informes, solicitudes, representar en audiencias públicas y constitucionales, asociar o sustituir el poder a abogado o abogados de confianza, pero reservándose siempre su ejercicio, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombr.....