DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena a Bolívar Peraza Wilmer Antonio, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.616.734, soltero, obrero, nacido en fecha 24-04-1983, de 21 años de edad, hijo de Felipe Bolívar y Dilcia Peraza García, residenciado en el Barrio Colombia Sur, calle 30, casa s/n, Guanare Estado Portuguesa, a cumplir la pena de un (1) año y seis (6) meses de prisión, más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de porte ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, por aplicación del procedimiento especial de admisión de los hechos......