Por todo lo anterior, este Tribunal de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa extensión Acarigua, NIEGA el traslado solicitado de los acusados JANNY ABEL VALDEZ y YUVIS ALIRIO LAYA RODRÍGUEZ al Centro Penitenciario y ordena mantenerlo en la Comisaría de Páez hasta la resolución de la Apelación interpuesta contra la Sentencia Condenatoria dictada por este Tribunal o que aparezca otro motivo plenamente justificado hagan procedente dicho traslado.