En virtud de las dificultades presentadas para la practica de la Medida, solicito respetuosamente a la ciudadana Jueza que oficie al Instituto Nacional de Tránsito y transporte Terrestre del Estado Portuguesa, a los fines de que se ordene la retención del vehículo objeto de la Medida de Secuestro a los fines de garantizar la practica de la misma. Vista y oída la solicitud de la parte actora y a los fines de dar garantía y cumplimiento a la Medida de Secuestro acordada por el Tribunal Comitente este Juzgado Ejecutor lo considera procedente y lo acordará por auto separado, en tal sentido se oficiará al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre del Estado Portuguesa, donde se notificará la retención del vehículo a los fines de practicar la Medida de Secuestro acordada por el Tribunal Comitente.