Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le Imparte la HOMOLOGACIÓN a la transacción a la pretensión de partición de la comunidad conyugal, presentada por los ciudadanos FERMINA RODRIGUEZ CORDOBA, y el ciudadano EDGAR MARTIN OJEDA RODRIGUEZ, en la forma expresada por los referidos ciudadanos; por consiguiente cesa la comunidad de bienes, Por lo que este tribunal le confiere AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.- Acarigua, a los Veintidós días del mes de Abril del año Dos Mil Trece. (22-04-2013); Años 203° de la In.....