DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación formulada por la Ciudadana Fiscal Séptima del Ministerio Público en contra de EDGAR ALEXANDER OSORIO ESCALONA, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.209.427, nacido en fecha 27 de Febrero de 1978, natural de Guanare, Estado Portuguesa, de estado civil soltero, de ocupación vigilante, residenciado en Tucupido, Barrio Ajuro, Calle Principal, casa s/n, Guanare, Estado Portuguesa, por los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZAS y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujere.....