DISPOSITIVA:
Por las razones expuestas este Tribunal de primara Instancia en lo Penal en funciones de Control No. 2 Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente el Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda sancionar al acusado (IDENTIDAD OMITIDA) ampliamente identificado, a cumplir la medida de Privación de Libertad, prevista en el artículo 628, Parágrafo Segundo, Literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de dos (2) años, por la comisión del delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Distribución, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano; por aplicación del procedimiento especial de la admisión de los hechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 583 ej.....