DECISION
Por todas estas consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal en funciones de Juicio N° 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, NIEGA la solicitud de DECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que le fuera decretada al acusado LEONARDO SAIR COLMENARES DURAN, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.818.972, en fecha 27/05/2008, en la presente causa por la comisión del delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, cometido en perjuicio del adolescente DIEGO ARMANDO CARREÑO VARGAS, por cuanto que a pesar de haber transcurrido más de dos años desde que se decretara al acusado la medida de coerción personal, nos encontramos en presencia de un delito grave y la libertad del acusado sin limitación alguna constituiría una infracción al artículo encabezamiento del artículo 55 de la Constitución de la.....