DISPÓSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el CESE DE LA SANCIÓN de AMONESTACIÓN que le fuere impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, en consecuencia se declara la LIBERTAD PLENA del mismo. Asimismo, se ordena el archivo del presente asunto una vez que conste en autos las resultas de la notificación que se ordena efectuar a la representación del Ministerio Público. Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, a los veintidós (22) días de julio de 2009.
Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese copia.
LA JUEZ DE EJECUCION
ABG. NIORKIZ M AGUIRRE BARRIOS
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