este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, habiéndose acogido el adolescente identidad omitida a la admisión de hechos en forma espontánea, libre, sin coacción, por el delito de: Tentativa de Robo de Vehículo Automotor previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y Porte Ilícito de Cartuchos para Armas de Fuego previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal en relación con el artículo 5 de la Ley de Reforma Parcial del Código Penal y el articulo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos con su Reglamento, en perjuicio del ciudadano: José Gregorio Fernández Rivero y solicitando la imposición inmediata de la sanción; en consecuencia este Tribunal dicta el siguiente pronunciamiento de conformidad con lo dispuesto en el articulo 583 de la Ley Orgá.....