En atención, a las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 02/06/2011, por la coapoderada de la parte actora abogada Aura Mercedes Pieruzzini contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 31/05/2011.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto dictado en fecha 31/05/11 por el Juzgado Segundo de Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que negó la admisión de la inspección judicial promovida por la actora.
TERCERO: Inadmisible por ilegal la prueba de inspección judicial.
CUA.....