Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación intentada en fecha 20/05/2.015 por el abogado Eulalio Canelón Espinoza, en su carácter de apoderado judicial de los demandantes, ciudadanos Wasin Snith Al Sneih, Saber Snih Al Sneih y Said Snih Al Sneih, en contra de la sentencia dictada en fecha 15/05/2.015 por el Juzgado Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Queda REVOCADA la sentencia dictada en fecha 15/05/2.015 por el Juzgado Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa,.
TERCERO:.....