Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
ÚNICO: Con fundamento en el artículo 112 del Código Penal en su encabezamiento, numeral 1º, aparte segundo y aparte tercero, se declara PRESCRITA la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN que impuso el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 de este mismo Circuito Judicial Penal mediante decisión de fecha 25 de Marzo de 2010 al penado DANIEL ALBERTO LUGO BASTIDAS, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cedula de Identidad Nª V-17.004.188, natural de Guanare, Estado Portuguesas, nacido en fecha 01 de Junio de 1983, de estado civil soltero, de ocupación mecánico, residenciado en el sector Los Próceres, Calle 23, casa Nº 08, Guanare, Estado Portug.....