DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara SIN LUGAR la demanda de acción Mero Declarativa de Concubinato interpuesta por la ciudadana JHAURY AMALIA MILLAN VARGAS, contra las niñas (Identidades omitidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), representadas procesalmente por el Defensor Público Segundo para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Abogado JOSE GREGORIO PACHECO, por no reunir los requisitos establecidos en la Ley.