VI
DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la acción que por DESALOJO DE INMUEBLE intentó la ciudadana ESMERALDA DEL VALLE MONTILLA GIL, asistida por la Abogada Edilmar Rangel Perozo en contra del ciudadano MANUEL BRITO, sobre un inmueble constituido por una casa con su respectiva parcela de terreno propio distinguida con el Nro. C17-16, de la Urbanización Camburito, ubicada en la Jurisdicción del municipio Araure del estado Portuguesa con un área de superficie de ciento treinta y nueve metros cuadrados con cincuenta decímetros (139,50 mts2) comprendida dentro de los siguientes linderos: Norte: En 20,00 metros con parcela C17-16A, Sur: En 20,00 metros con parcela C-17-15; Este: En 6,975 metros con calle 1 y Oeste: 6,975 metros con parcela C-.....