ÚNICO: Se decreta CON LUGAR, la solicitud realizada por el Francisco Barrios, actuando con el carácter de Defensor Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia una vez revisada la medida se le impone a la acusada ELISMAR CAROLINA VÁSQUEZ HIDALGO; titular de la cédula de identidad N° V-25.026.043; medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3" del Código Orgánico Procesal penal consistente en la prohibición de salir del estado de donde reside y la presentación cada 15 días.