DISPOSITIVA
Conforme a todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Homologa el acuerdo conciliatorio propuesto entre las partes del proceso, en la audiencia preliminar pautada en la causa seguida a los adolescentes (Se omiten), causa instruida por los delitos de hurto calificado, previsto en el artículo 453.4 del Código Penal y aprovechamiento de cosas provenientes de delito, previsto en el artículo 470 del Código Penal, en perjuicio de la Escuela Primaria Don Antonio Torrealba; delitos que conforme al artículo 628 parágrafo segundo, literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, no comportan como sanción definitiva la privación de libertad y por ende es susceptible d.....