DISPOSITIVA
Por consiguiente, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA LA CONFESION FICTA y, en consecuencia, CON LUGAR la acción por Cobro de Bolívares intentada por la ciudadana: MAGALLY SÁNCHEZ en contra de los ciudadanos: NELSON RUIZ y JANIA TOVAR, en su condición de deudor principal y avalista,
respectivamente, por una Letra de Cambio de DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 2.950.000,oo). Y Así se Decide.
En consecuencia, los co-intimados, bien identificados antes, deberán pagar a la parte actora, , las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 2.950.000,oo) que corresponde al monto de la Letra de Cambio objeto de la presente acción. Y Así se Establece.
SEGUNDO: La suma de SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA.....