DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara CON LUGAR la demanda de acción Mero Declarativa de Concubinato interpuesta por la ciudadana BETZI YURIMA SANCHEZ COLMENARES por haberse demostrado esta relación concubinaria con el De-Cujus GILBERT ANTONIO BRICEÑO BRACAMONTE, desde la fecha 3 de abril del año 2008 hasta la fecha 9 de abril del año 2012. En consecuencia la ciudadana BETZI YURIMA SANCHEZ COLMENARES, es acreedora de todos los derechos inherentes al matrimonio, específicamente le corresponde el cincuenta por ciento (50%) de la comunidad concubinaria fomentadas en el lapso comprendido desde la fecha fecha 3 de abril del año 2008 hasta la fecha 9 de abril del año 2012 y asimismo la cuota hered.....