DISPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMNISTRATIVO FUNCIONARIAL POR VIA DE HECHO, interpuesto por el ciudadano RAMON ELADIO AGUIN HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.724.557, debidamente asistido por el abogado en ejercicios VALERIO AGUIN HERNANDEZ, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 241.354, contra la DIRECCION ESTADAL DE SALUD DE PORTUGUESA (DESP).
SEGUNDO: INOFICIOSO la notificación a las partes, conforme lo establecido en la parte motiva de este fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del asunto.
Publíquese, regístrese, y déjese copia conforme lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dicta.....