-IV-
DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer del RECURSO DE QUEJA, interpuesto por el ABG. CESAR SEGUNDO SALAZAR FALCON, titular de la cédula de identidad V-5.954.111, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.476, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana AMANDA CECILIA SALAZAR TORRES, titular de la cédula de identidad V-21.396.289, en contra de la ciudadana LEIDIS LAMEDA, Jueza del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turen, Esteller y Santa Rosalía del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO: DECLINA, el conocimiento del presente asunto en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y T.....