DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara cumplida la medida de LIBERTAD ASISTIDA por parte de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA antes identificados y en consecuencia decreta el CESE de dicha medida, quedando vigente, el cumplimiento sucesivo de la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, previsto en el artículo 625 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación con el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, para lo cual se fijara por auto separado audiencia oral y Privada, a fin de imponerlo formalmente de los parámetros de cumplimiento de dicha medida y en relación al adolescente IDENTIDAD OM.....