Por razones antes expuestas, este  Tribunal Superior Primero del Circuito del  Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR  la apelación formulada en fecha 31 de octubre del año 2005, por el  abogado  MANUEL  ATAHUALPA  JAEN  BARRETO  en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano  EDUARDO TELÉSFORO VELÁZQUEZ, contra la decisión de fecha 24 de octubre del año 2005, dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa,  por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 24 de octubre del año 2005, dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declara CONSUMADA LA PERENCIÓN  y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la p.....