Por razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada en fecha 31 de octubre del año 2005, por el abogado MANUEL ATAHUALPA JAEN BARRETO en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano EDUARDO TELÉSFORO VELÁZQUEZ, contra la decisión de fecha 24 de octubre del año 2005, dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 24 de octubre del año 2005, dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la p.....