DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECLARA:
Primero: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 06 de diciembre de 2017 y ratificado el 07 de diciembre de 2017, por los Abogados en ejercicio JULIO CLORALDO TORO ZÁRATE y LUIS GERARDO PINEDA TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.646.767 y V-15.798.053, inscritos en el IPSA bajo los números: 142.980 y 110.678, respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de las ciudadanas MIRIAN RAMONA RIERA y JEIMARLY AILEN CONTRERAS MEJÍAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.259.486 y V-27.216.638, en su orden, quienes actúan como demandantes e.....