Por cuanto no ha habido oposición este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MELIDA MORÍAN VALERA FUENTES, ERMELINDA YAMILEX VALERA DE PEROZA, MARIA DOLORES VALERA FUENTES, ANA TERESA VALERA FUENTES, CARMEN YOLANDA VALERA FUENTES, DEIDY DAVID VALERA FUENTES, GREGORIO ANTONIO VALERA FUENTES, DOMINGO RAFAEL VALERA FUENTES Y FIDEL RAÚL VALERA FUENTES la cualidad de Únicos y Universales Herederos del Causante: DOMINGO VALERA, vocación hereditaria que les deviene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículos 822 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las.....