Por los motivos anteriormente expuestos, éste Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado portuguesa Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta y de mutuo acuerdo por los ciudadanos: YARIANA ANDREINA MONTILLA BETANCOURT y JESSE DAVID DELFIN ANDERSON, ambos venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-26.558.028 y V-30.219.609, respectivamente.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los cónyuges ya identificados, en fecha 24 de septiembre del año 2016, por ante el Registro Civil Municipio Guanare del estado Portuguesa, la cual consta en Acta de Matrimonio inserta bajo el Nº 507.
TERCERO: En cuanto a los bienes adquiridos por los cónyuges, el Tribunal no tiene.....