DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 09 de febrero de 2006, por la apoderada Judicial de la parte demandada Abogado ROSARIO PEREZ en contra de ACTA DE FECHA 06 DE FEBRERO DE 2006.
SEGUNDO: REPONE la causa, al estado que el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua, publique la decisión que abarque la admisión de los hechos declarada en acta de fecha 06 de febrero del año 2006, dicha publicación deberá efectuarse dentro de los dos (02) días hábiles siguientes a la recepción del expediente por ante el tribunal de la causa, transcurrido dicho lapso, come.....