por no contener la misma la renuncia a derechos irrenunciables derivados de la relación de trabajo y por cuanto no vulnera normas de orden público, en uso de las atribuciones legales y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA el presente acuerdo y le da el carácter de cosa juzgada y ordena el cierre y archivo del asunto , una vez conste el pago de la totalidad del monto acordado. Igualmente se acuerda la devolución de los escritos de pruebas consignados por las partes. Es todo,se..leyó,,y,,conforme,firman.