DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena al acusado José Gregorio Meléndez, venezolano, mayor de edad, natural de Barquisimeto, estado Lara, nacido en fecha 09-02-1967, de 40 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.770.074, soltero, comerciante y residenciado en la calle 44 con 32 y avenida Libertador, casa N° 130, cerca del taller Toyota y en la esquina cauchera Navor, Barquisimeto estado Lara, a cumplir la pena de 1) año un (1) mes y diez (10) días de prisión, más las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, a saber, la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine, por la.....