DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley resuelve:
Primero: Se declara la extinción de la acción penal seguida en contra del Acusado (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con el artículo 103 del Código Penal.
Segundo: se decreta el sobreseimiento de la causa a favor del Acusado (IDENTIDAD OMITIDA), (Fallecido), de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
El texto Integro de la presente decisión fueron informados en audiencia oral y reservada celebrada en la Sala de Audiencias de este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Por.....