DECISIÓN
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Homologado el desistimiento formulado por la parte demandante, en el presente juicio de cobro de bolívares por intimación, seguido por la ciudadana GRIMIL DE LA COROMOTO RAMOS DE LEZCANO, contra el ciudadano RICARDO CHACON GIL, ambos identificados, quedando en consecuencia, firme y con efectos de cosa juzgada, la decisión impugnada, dictada en fecha 07-02-2012, por el Juzgado Primero del Municipio Guanare de este Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase al Tribunal de la causa las actuaciones pertinentes