Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Regulación de la Competencia interpuesta por la abogada Fanny Bonilla Mendoza, en su carácter de defensora judicial de la parte demandada, por escrito de fecha 27 de julio de 2014.
SEGUNDO: Se declara COMPETENTE al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, para que conozca la presente causa, en consecuencia, remítanse las presentes actuaciones a dicho Tribunal, a los fines de que sean agregadas al expediente.