en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.-Acuerda la Libertad del ciudadano José Gregorio González Pacheco, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 43 años de edad, soltero, profesión u oficio Caficultor, nacido en fecha 15-02-1965, titular de la Cédula de Identidad N° 10.052.336, hijo de María Dolores Pacheco (V) y José Albino González (V) y residenciado en el Barrio El Milagro, calle principal, casa sin numero, Guanare Estado Portuguesa.
2) Se ordena dejar sin efecto la orden de aprehensión libradas por este Tribunal en fecha 20-06-2003 y 27-07-2003, en la solicitud N° 1CS-290-03. Líbrese los respectivos oficios a los Organismos de Seguridad del Estado. Se acuerda librar boleta de Excarcelación.
Por cuanto el presente pronunciamiento se dictó en Sala, téngase por notificadas a las partes
Diarícese, regístrese y certifíquese.