DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: A tenor de la disposición contenida en el encabezamiento del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión de los ciudadanos HÉCTOR JOSÉ PARRA ACACIO, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.672.494 y DANIEL ANTONIO FIGUEREDO ANDRADES, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.100.247.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena continuar el proceso a través de las reglas del procedimiento ordinario;
TERCERO: Califica provisionalmente los hechos como objeto de este proceso como CONCUSIÓN, previsto y sancionado en el artículo.....