DISPOSITIVA
En virtud de la motivación anteriormente expuesta, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en funciones de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda la calificación de flagrancia de los hechos presentados y la aplicación del procedimiento ordinario conforme a lo previsto en los artículos 248 y 378 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Califica el delito PUESTA EN CIRCULACION DE MONEDAS, previsto y sancionado en artículo 300 del Código Penal.
TERCERO: Impone al ciudadano DWAYNE RUSSELL, guyanés, mayor de edad, casado, indocumentado, sin profesión definida, natural de Guyana, residenciado en Puerto Cabello estado Carabobo; la Libertad sin restricciones. Líbrese Boleta de Libertad.