DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, declara: PRIMERO: Se Admite la Acusación totalmente por llenar los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal en contra de los imputados: CESAR YANZON RIVERO RODRIGUEZ y JOSE ESTEBAN TIRADO QUERO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el artículo 80 en su segundo aparte, ambos del código penal, en perjuicio de los ciudadanos: LUIS AVELIO BELTRAN PINZON, BLANCA GLORIA FONSECA DE BELTRAN, LIUS ANDRES BELTRAN FONSECA Y MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ DE BELTRAN
SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas ofrecidas por la Fiscalía del Ministerio Público por ser necesarias, útiles y pertinentes para el desarrollo del juicio oral y público en base al principio de la comunidad de la prueba. TERCERO: Se declara con lugar la solicitud d.....