DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda decretar la LIBERTAD PLENA del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado en autos, así mismo se acuerda decretar al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado en autos, la imposición de la medida cautelar contenida en el literal "b" del Artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, la cual consiste en: La obligación que tiene el adolescente IDENTIDAD OMITIDA de someterse al cuidado y vigilancia de su Representante Legal ciudadana María Angela Hernández, quien informará a este Tribunal cada veinte (20) días acerca de la conducta del mencionado adolescente . Se acuerda la continuación de la investigación bajo los parámetros del Procedimiento Ordinario y la remis.....