DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado GUSTAVO ALBERTO ALVARADO REINOSO, en su carácter de Defensor Privado del acusado WILLIAN COROMOTO OVIEDO ARRIECHI; SEGUNDO: Se ANULA la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en fecha 24 de enero de 2009, mediante la cual condenó al ciudadano WILLIAN COROMOTO OVIEDO ARRIECHI, a cumplir la pena de dieciséis (16) meses de prisión, por el delito de Amenaza, en perjuicio de la ciudadana Mary Luz López Gil; TERCERO: De conformidad con el artículo 434 del Código Orgánico Procesal Penal, se orde.....