Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la ACUMULACIÓN DE LAS CAUSAS, tramitadas por este Tribunal de Juicio signadas con el N° PP11-D-2009-000456, por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR y la causa signada con el Nº PP11-P-2010-001222, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO en grado de complicidad, seguidas al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, ya identificado, todo esto a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece el Principio de Unidad del Proceso, por ser el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, el de mayor entidad con respecto al delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO en grado de c.....