D I S P O S I T I V A
Por las razones y consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la acción declarativa de reconocimiento de cualidad de CONCUBINATO intentada por la ciudadana CHRISTIAN CAROLINA MORILLO MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.829.324, en contra de las adolescentes se omite, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-27.672.691 y se omite , titular de la Cédula de Identidad Nro. V-30.007.830, las niñas se omite, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-30.537.034, y se omite, arriba identificadas. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 77 de .....