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DECISIÓN
Por los motivos y razonamientos expuestos, este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1) CON LUGAR la solicitud de obligación de manutención formulada por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES MOLLEJA, en contra del ciudadano CRISTIAN REINALDO LEAL CANELON.
2) Se fija la obligación de manutención en la cantidad OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) mensuales, y una cuota extraordinaria para el mes de septiembre de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00), debiendo por consiguiente en dicho mes consignar como Pensión de manutención el doble de la cantidad fijada, esto es, UN MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.600,00), para cubrir los gastos de útiles escolares y uniformes, y otra cuota extraordinaria para el mes de Diciembre, de OCHOCIENTOS MENSUALES (Bs. 800,00), debiendo.....