DISPOSITIVO
Por consiguiente, con fundamento en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial Laboral del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, por perdida del interés procesal en el recurso de apelación interpuesto por abogado CARLOS MANZANILLA, en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos ELEAZAR ARTURO MARTINEZ YANEZ e YSRAEL FELIPE MERCADO LINARES, en contra del auto dictado por el Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Portuguesa, sede Guanare, de fecha 08/06/2011.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas a la parte recurrente.
TERCERO: Déjense transcurrir el lapso para interponer los recursos de Ley, y una vez vencido los mismos, sin que las partes hayan ejercido recuso alguno contra esta sentencia, se ordena la devolución media.....