PRIMERO:DESISTIDO el Recurso Ordinario de Apelación interpuesto por los ciudadanos ARGENIS ANTONIO CÓRDOVA REYES, DANIEL ANTONIO CÓRDOVA REYES, MIRIAM DEL CARMEN CÓRDOVA REYES, EVELIA COROMOTO CÓRDOVA REYES, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 8.662.588, V-8.662.687, V-10.638.802 y V-12.263.326, en su orden, asimismo en nombre y representación del ciudadano RODOLFO JOSÉ CÓRDOVA GUTIÉRREZ (Fallecido), sus hijos ERISON ALEXANDER CÓRDOVA MARTÍN Y RONALD JOSÉ CÓRDOVA MARTÍN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-28.107.389 y V-30.637.813,debidamente asistidos por el abogado Héctor Gregorio Briceño, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 247.211, demandantes–apelantes contra la decisión emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, de fecha (27.....