DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Unipersonal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa extensión Acarigua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano TOMAS ENRIQUE PAREDES, titular de la Cédula de Identidad N° 11.543.964, de la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en el ordinal 7° del artículo 108 ejusdem.
SEGUNDO: Se ORDENA la LIBERTAD PLENA de TOMAS ENRIQUE PAREDES.
TERCERO: Se ordena el CESE de la medida cautelar sustitutiva decretada en fecha 19 de septiembre de 2003, por el Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Exte.....