Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada en fecha 28/09/2006 (folio 8), por la ciudadana Yajaira del Carmen de Bonilla, asistida de abogado, parte co-solicitante en la presente causa.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 25/09/2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró: LA PERENCION DE LA INSTANCIA.
No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Des.....