Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano WUILLYS RAMON LOPEZ RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-15.339.673 en contra de la empresa INDUSTRIA DE ALIMENTOS VENEZOLANOS PROGRESO, C.A.
SEGUNDO: Se condena a la demandada al pago de la cantidad MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO DOLARES AMERICANOS CON VEINTE CENTAVOS (1.944,20 $ UD) a favor del ciudadano WUILLYS RAMON LOPEZ RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-15.339.673, por concepto de prestación de antigüedad y sus intereses, vacaciones, utilidades, horas extras nocturnas, domingo y feriados y bono nocturno.
TERCERO: Se condena el pago de indexación o corrección monetaria sobre los montos y en los términos establecidos en la par.....