1) Se ordena la retención de la cantidad de BOLIVARES OCHENTA MIL (Bs 80.000, oo) mensual correspondiente al monto de la obligación alimentaria fijada por este tribunal, del sueldo que como trabajador de la Contraloría General del Estado, devenga el ciudadano OVIDIO ANTONIO PACHECO LEAL, quien se desempeña en dicha Institución como Auxiliar de Auditoria; igualmente, se ordena la retención de una suma adicional de BOLIVARES OCHENTA MIL (BS 80.000,oo), los meses de Agosto y Diciembre de cada año, esto a los efectos de los gastos de útiles escolares y uniformes, y la ropa de la época decembrina, todo en beneficio del niño ENMANUEL DAVID LEAL.
2) Se ordena librar oficio a la Contraloría General del Estado Portuguesa, ubicada en la Población de Guanare, frente a la Plaza Bolívar, a los fines de que se cumpla con la citada medida Judicial de retención del sueldo solicitada por el obligado alimentario, y que la misma deberá ser depositada en forma mensual en la cuanta de ahorros nume.....