DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se admite totalmente la acusación interpuesta en contra del adolescente (Identidad Omitida); por la comisión de uno de los delitos contra la propiedad, específicamente el delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6, ordinales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano José Antonio Moreno Pérez, y el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal. Así se acuerda.-
Segundo: Se admite la totalidad de los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, por los motivos antes expr.....