D I S P O S I T I V A
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos y por cuanto no hubo oposición a la presente solicitud, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confiere la Ley; DECLARA: Suficientes las diligencias y pruebas evacuadas para asegurarle al adolescente: (identificación omitida por disposición de la Ley) , venezolano, de diecisiete (17) años de edad, titular de la cédula de identidad número 24.687.565, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ORLANDO ANTONIO GARRIDO LOZADA, quien falleció ab-intestato en fecha 03 de Julio del 2003, en el barrio Nuevas Brisas de la ciudad de Guanare, Municipio Guanare, estado Portuguesa, quedando a salvo los derechos de terceros. Todo de conformidad co.....