En consecuencia este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el procedimiento iniciado por demanda de DECLARACION DE AUSENCIA, incoada por la ciudadana MARIA IGNACIA OJEDA DE PARRA, contra el ciudadano APOLINAR PARRA POLANCO, en la presente decisión.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia de esta Decisión. Archívese el expediente.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.- En Acarigua, los veinticuatro a días del mes de febrero del dos mil catorce, (24-02-2014).- Años 203° de la Independencia y 155° de la Federación.
El Juez,
Abg. José Gregorio Marrero C. .....